Después de un mes de la fecha pactada, el Gobierno convocó a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) a una nueva revisión de los salarios de las empleadas domésticas. El encuentro será el próximo viernes 7 de noviembre de 2025, a las 10.30, en la Secretaría de Trabajo, de acuerdo con la Resolución 2/2025, firmada por su presidenta, Sara Alicia Gatti, y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

El encuentro se realizará en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, ubicada en Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También se habilitará la participación virtual, conforme a lo dispuesto por la Resolución 344/2020, que permite el uso de plataformas electrónicas para las reuniones oficiales.
La reunión quedó oficializada en la Resolución 2 de la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Según el texto oficial, el encuentro incluirá el análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas del personal de casas particularess, en el marco del régimen especial de la Ley 26.844. Este punto será clave para definir posibles ajustes salariales en el sector, que emplea a más de 1,3 millones de trabajadoras y trabajadores en todo el país.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares es el órgano encargado de fijar los salarios mínimos y condiciones laborales del sector doméstico, y está integrada por representantes de los trabajadores, los empleadores y del Gobierno nacional, a través del Ministerio de Economía, el Ministerio de Desarrollo Social y la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Además, a través de la Resolución 6/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social también oficializó la convocatoria a una nueva sesión plenaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que se realizará el 26 de noviembre. Según el texto, el encuentro se realizará de manera virtual, con primera convocatoria a las 12.30 y una segunda a las 14.00 del mismo día.
El Consejo del Salario es el ámbito tripartito donde se fijan el salario mínimo, vital y móvil, y los montos de las prestaciones por desempleo. Está integrado por representantes de trabajadores, empleadores y del Gobierno, todos designados ad honorem por el Poder Ejecutivo. Este encuentro abordará la designación de consejeros y la consideración de los informes de la Comisión del Salario Mínimo, que también fue convocada para el mismo día a las 10 para analizar los nuevos valores del salario base y las prestaciones.
Volviendo al tema empleadas domésticas, vale aclarar que, hasta ahora, el último aumento se vio reflejado en los textos oficiales en septiembre pasado. Las empleadas de Casas Particulares recibieron el último tramo del ajuste de 6,5% fragmentado en tres etapas (julio, agosto y septiembre).
Por ahora, la hora y el mes para noviembre está en los mismos registros de dos meses atrás, el mes nueve fue en el que impactó el último tramo del acuerdo paritario vigente hasta ahora. Sin embargo, en la práctica, esos valores parten de una diferencia hacia arriba de $ 2.000.
Pese al último aumento aplicado, la brecha entre el salario mínimo oficial y el salario real en el sector del trabajo doméstico continúa ampliándose mes a mes. Fuentes sindicales advirtieron a este medio que la distancia entre lo que fija la escala oficial y lo que efectivamente se paga en el mercado alcanza, al menos, un 65%. En términos concretos, esto representa alrededor de $2.000 más por hora respecto del valor establecido oficialmente.
En algunos casos, la brecha es aún mayor y llega a superar el 100%, dependiendo de la zona, las categorías y de otras variables que inciden en la demanda del servicio.
Empleadas domésticas: salarios congelados
Lo que debe pagarse como mínimo oficial para la quinta y más demandada de las categorías (la de tareas generales) es de $ 3.052,99, aunque en práctica esos valores superan los $ 5.000 por hora, y hasta más. Una empleada de esas características en zona norte parte de un salario de $ 6.500.
De esta forma, se da algo con lo que el Gobierno se siente más cómodo: que impere la ley de oferta y demanda. Es decir, que haya un acuerdo entre partes.
Para la quinta y más demandada de las categorías, el personal para tareas generales (limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general), el mínimo por hora arranca en $ 3052,99 y en $ 374.541,36 mensual para aquellas personas que cuentan con retiro diario; y de $ 3293,99 por hora y $ 416.485,63 por mes para las llamadas «con cama adentro».
El último aumento pactado fue de 3,5% sobre los salarios de enero para junio: más un 1% adicional para julio; otro 1% en agosto; y finalmente 1% en septiembre.
Empleadas domésticas: salarios de noviembre de 2025
Salario mínimo por categoría para servicio doméstico con retiro para septiembre por hora y por mes:
Quinta categoría: $ 3.052 con retiro y $ 3.293,99 la hora sin retiro; y $ 374.541,36 con retiro y $ 416.485,63 el mes sin retiro.
Cuarta categoría: $ 3.293,99 la hora con retiro y $ 3.683,21 sin retiro; y $ 416.485,63 con retiro y $ 464.129,59 el mes sin retiro.
Tercera categoría: $ 3.293.99 la hora y $ 416.485,63 el mes sin retiro.
Segunda categoría: $ 3.487 la hora con retiro y $ 3.822,91 sin retiro; y $ 426.875,19 con retiro y $ 475.184,55 sin retiro el mes.
Primera categoría: $ 3683,29 la hora con retiro y $ 4.034,05 sin retiro; y $ 459.471,73 con retiro y $ 511.800,22 el mes sin retiro.
Los montos corresponden a las trabajadoras que cumplen 24 horas semanales o más con un mismo empleador, y deben calcularse de manera proporcional en el caso de jornadas inferiores.
Respecto de quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales, el salario se liquidará de acuerdo a la modalidad retributiva “por hora”.
Los puntos clave a tener en cuenta a la hora de confeccionar el recibo de sueldo
Al momento de liquidar el sueldo correspondiente a octubre de 2025, los empleadores deben tener en cuenta los siguientes ítems, además del salario básico definido por categoría:
Se debe aplicar un adicional del 1% por cada año de antigüedad de la relación laboral. Este porcentaje se calcula sobre los salarios mínimos de la categoría correspondiente para el mes de octubre.
Adicional por Zona Desfavorable
Se aplica un recargo del 30% sobre los salarios mínimos para el personal que preste servicios en las siguientes provincias y territorios: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Además del salario de bolsillo, los empleadores deben abonar las contribuciones y aportes patronales mediante el formulario F.102/RT. Estos importes se destinan a la cobertura de salud, los aportes jubilatorios y el seguro de riesgos de trabajo (ART).
Los montos son fijos y se calculan según las horas trabajadas por semana y la condición laboral de la empleada (activa o jubilada). No dependen de la categoría salarial —por ejemplo, supervisor o tareas generales—. El pago debe realizarse dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes.
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